De acuerdo con lo dispuesto en el art. 51 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), las autorizaciones de transporte se otorgarán sin plazo de duración prefijado, si bien su validez quedará condicionada a su visado periódico, realizado de oficio.
Mediante el visado, la Administración constatará el mantenimiento de las condiciones exigidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LOTT, y demás normativa de aplicación.
Para la conducción de vehículos dotados de tacógrafo digital instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera, será preciso contar con la correspondiente tarjeta de conductor.
La tarjeta de conductor es una tarjeta de tacógrafo asignada a conductores individuales, que identifica a éstos y permite almacenar datos sobre su actividad.
Las empresas titulares o arrendatarias de vehículos dotados de tacógrafo deberán solicitar la tarjeta de tacógrafo digital que identifica a la empresa y permite visualizar, imprimir y transferir la información almacenada en el tacógrafo y activar y desactivar el bloqueo del mismo. Los bloqueos evitan que otras empresas puedan tener acceso a los datos almacenados en el tacógrafo para su descarga y análisis.
Consúltanos para la obtención de la correspondiente autorización para la prestación del servicio de taxi otorgada por el órgano competente.