NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Para adquirir la Nacionalidad Española por Residencia, el solicitante ha de acreditar, entre otros requisitos, un periodo de residencia legal y continuada de 10 años en España.

Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce, estos son:

Cinco años: a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Un año: para nacidos en territorio español o el que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

Como Gestores Administrativos colegiados estamos autorizados para tramitar on line la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia , lo que supone un importante ahorro de tiempo, dinero y trámites burocráticos para los interesados en obtenerla.

No dudes en consultarnos y te ayudamos a poner en marcha el proceso de solicitud de Nacionalidad Española por Residencia.